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Acotar al Poder Público en Beneficio del Gobernado. Candado a las parcelas de los Poderes Ejecutivos.

 

Por Sergio Aburto Libreros

Actualmente en la idea de la cosa pública –República- en que el gobernado busca constante e insistentemente pararse en equidad de circunstancias con el Estado, se deja de lado por muchos de los actores de las cuestiones públicas los orígenes y la finalidad de todo.

En la filosofía moderna del Estado –que no del Estado Moderno-, se busca la preponderancia de los Derechos Humanos de los gobernados, el establecimiento de una adecuada interacción de los diversos actores que forman parte de un sistema político sea cual fuere éste…

Y es ahí en donde merece la pena comentar sobre lo que acontece en varios de estos sistemas políticos, como por ejemplo:

Los sistemas políticos son una abstracción que materializa el Poder Público en Instituciones; las Instituciones están a cargo de personas. Las personas luego entonces son las que terminan detentando el Poder Público.

Lo anterior que podría ser leído como una verdad de Perogrullo, reviste una importancia capital para la concepción de la forma en que se ejerce actualmente el Poder Público en México y Latinoamérica.

Para establecer de manera clara cuál es la circunstancia actual del Poder repartido entre las instituciones –en manos ciudadanos- y de los resultados para el gobernado es necesario remitirse a los clásicos y a teorías elementales como la de la división de poderes.

No hace falta mucho preámbulo para poder mencionar que de la caída del Rey (Hombre-Estado), como soberano, se gestaron de sus ruinas un Estado, sí, un Estado pulverizado, en el cual la intensión primera es mantenerlo justamente así: desmembrado, dividido, funcionando acotado para que no se convierta en un Frankenstein que se allegue y acapare más poder –en manos de una Institución, o sea de una persona- y atente contra el gobernado.

IMG_20171115_112807En este tenor de ideas, el acotamiento del poder público significa que su división, es decir, la que resulta de esos entes constitucionales –Poderes y Organismos Autónomos Constitucionales- ninguno deberá tener prevalencia absoluta sobre los demás, así es como prácticamente se trata de mantener blindado, con pesos y contrapresos al Poder Ejecutivo de cualquier época y lugar.

No se puede ocultar que desde el inicio de la implementación de la División de Poderes del Estado, se trató de delimitar perfectamente las facultades legales de titular del Poder Ejecutivo, en cualquier ámbito: Municipal, Local o Federal, y mantenerlo hipervigilado, pues por experiencias históricas en todo el orbe, es ahí donde por lo regular se generan las ansias de romper el equilibrio y orden constitucional para buscar tener prevalencia por sobre los demás entes integrantes del Estado. (Véase a recientes fechas casos de Venezuela y Cuba etcétera)

En esta alegoría que hacemos para explicar este “Estado” desembrado, el cual actualmente vivimos, podemos afirmar sin temor alguno que el diseño e ingeniería Constitucional, así como todo el entramado legal está en función de mantener al Poder del Estado dividido, de ahí la división de poderes, y que cotidianamente se revisan procesos en los cuales se trata en todo momento de evitar que ese poder dividido se llegue a reintegrar, acumular y por ende revivir al Rey para que éste se reconforme y de alguna manera “alguien” lo tripule –regularmente suele ser el Poder Ejecutivo- y éste se vuelque en contra del ciudadano de manera tiránica o despótica.

Es deber no sólo de los gobernados, sino de todos los entes que integran el Estado Mexicano, Poderes Judicial y Legislativo preponderantemente, pero más allá de ese control legal del ejercicio del Poder Público, está también el control legítimo, que es el que le corresponde a todos los ciudadanos. Ser vigilantes, garantes del Estado de Derecho en donde cada ente realice lo que tiene que hacer. No ser comparsa, no omiso.
De manera muy frecuente los titulares de poderes ejecutivos que inician tripulando una revolución terminan germinando la semilla de la suya, al hacer de su política un péndulo, es decir irse al extreme contrario para quedar exactamente como antes.
Los poderes ejecutivos son los que obedecen al Legislativo, esa es su esencia, la figura de mandatario es para el Ejecutivo, la de mandante para el Legislativo; entre más personas lo sepamos, será mejor para todos.

Así de sencillo.

¿Por qué no se debe anular el voto?

Por Sergio Aburto Libreros.

En una democracia incipiente como la de México, que no termina por desarrollarse, a semejanza de lo ocurre con muchas otras en Latinoamérica, todavía persiste el abstencionismo muy arraigado en el electorado.

Votar es una obligación para los ciudadanos de cualquier país, y no se trata únicamente de una obligación cívica sino también legal, cuyo incumplimiento pese a ser posible, en México no conlleva consecuencia jurídica (sanción o cumplimiento forzoso), siendo el voto en este país la única hipótesis constitucional, en que la misma acción consiste simultáneamente un derecho y una obligación, a saber:

Artículo 35: Son derechos del ciudadano:

I.     Votar en las elecciones populares;

Artículo 36. Son obligaciones del ciudadano de la República:

III.   Votar en las elecciones y en las consultas populares, en los términos que señale la ley;
 
La anterior e inusual «coincidencia» de ninguna manera significa una contradicción o error constitucional.

Pese a ser letra muerta, sí existe una sanción prevista en la Constitución para quien no vota:

Artículo 38. Los derechos o prerrogativas de los ciudadanos se suspenden:

I.     Por falta de cumplimiento, sin causa justificada, de cualquiera de las obligaciones que impone el artículo 36. Esta suspensión durará un año y se impondrá además de las otras penas que por el mismo hecho señalare la ley.

Para algunas otras naciones el voto ciudadano es tan importante que se sanciona a quien no lo ejerce, tal es el caso de Honduras, Paraguay, Ecuador, Perú,  Argentina, Brasil, Uruguay, Chile y Bolivia.

Para entender mejor el hecho de que votar simultáneamente sea un derecho y una obligación, debemos remitirnos a la raiz de la existencia del Estado.

El Estado de acuerdo a la teoría clásica se divide en Población, Territorio y Poder (algunos tratadistas contemporáneos gustan de incluir a los denominados ‘poderes de facto‘).

Recordando al Contrato Social, debemos entender que el Estado es una necesidad para el individuo, por ello le ‘contrata’ para atender la necesidad de orden público, justicia, y de agentes que mantengan ese orden.

Anular el Voto.
Existe actualmente un debate sobre si el electorado  debe  abstenerse, o peor aún, anular su voto. Este debate encuentra como base la propuesta apoyada por algunos líderes de opinión, quienes quieren encontrar bajo intrincadas argumentaciones políticas, económicas y hasta filosóficas, la justificación para que el ciudadano ‘manifieste su inconformidad con el sistema político en las urnas’ anulando su voto.

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En México, varios personajes, algunos de la talla de Denise Dresser, a quien admiramos y respetamos, enderezan una campaña llamando a la población a anular su voto en las próximas elecciones federales, situación sobre la que nos atrevemos a diferir totalmente por las siguientes razones:

1.  Funcionales. El voto está diseñado para manifestar la voluntad popular, no para callarla. Es ilógico desde la perspectiva del movimiento anulista, que un sistema político acusado de no estar preparado para escuchar las voces de inconformidad y la necesidad de cambios, se espere que sí lo esté para escuchar el silencio que significa la anulación del voto.

El desplante que se le quiere hacer a la clase política anulando el voto, es la renuncia tácita a la supremacía popular sobre sus representantes; cuando hemos dicho y demostrado que teórica y legamente el político es el empleado del ciudadano. Renunciar a manifestar nuestra voluntad en las urnas es como renunciar a dirigir al subordinado pero seguir pagándole.

2.  Participativas. Es lamentable el hecho no poco recurrente en democracias incipientes de América Latina, que el gran ganador de las elecciones muchas veces sea el abstencionismo. Pero más lamentable aún es pretender que esos incipientes avances de participación ciudadana se tiren por la borda con propuestas que llaman a anular el voto, ello, en virtud de que es una manera de decirle al ciudadano «estás mudo» tu sufragio no vale. Peor aún, lleva implícito un mensaje de minusvalía e impotencia del ciudadano ante la clase política, llegando hasta sótanos anímicos en los que indirectamente se le hace creer al ciudadano -y se le reafirma con publicidad oficial- que votar es el único momento y manera que tiene de participar en la construcción de la democracia y en las decisiones públicas; hecho absolutamente falso.

3. Oportunidad. Resulta raro, por no decir sospechoso que cada vez que hay elecciones se le quiera vender la idea al reducido sector de la población que está dispuesto a cumplir con su obligación y ejercer su derecho al voto de no hacerlo, o de anularlo.

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4.  Contradicción. Se dice que anular el voto mandará un mensaje a la clase política de la necesidad de un cambio y de reformas urgentes para la agenda nacional ¿acaso el abstencionismo que fluctúa entre el 30 y 45 por ciento no es suficiente mensaje ya de ello?

5. Antipedagógicas. Llamar a quienes estan en posibilidades de votar por primera vez a anular su voto, es enseñar a las nuevas generaciones a estar desvinculadas del quehacer político. Tomar un papel ya no pasivo, sino autoexcluído en las elecciones.  Da la impresión de que se busca el enajenamiento y abstracción de lo que ocurre en el pais, brindando una falsa bandera de ‘rebeldía‘ o ‘resistencia civil‘ en el momento más inoportuno, y que electoral y políticamente hablando no produce ningún efecto, en razón de como se encuentra la legislación electoral actualmente.

6. Legitimación. Es necesario para que se materialice el contrato social la participación de la mayoría. El sistema político-electoral permite que un sólo voto en una casilla pese más que todo el abstencionismo y anulismo. Imaginemos el resultado de equis casilla, a un candidato votando por sí mismo. La ciudadanía informada que participa en mayor número tiene más posibilidades de hacer contrapeso a acciones impopulares, a generar un cambio de paradigma de la forma en que se han venido haciendo y harán las cosas.

Imagine que Usted forma parte de un núcleo ejidal y que se reunen en Asamblea para ver quien se hará cargo de la titularidad…  usted no se abstendría, no anularía su voto. Por el contrario, lo aquilataría y razonaría. Aquí el núcleo ejidal es todo un país.

7.  Lógica. Existe una controvertible frase de Joseph de Maistre, tan incómoda como polémica, que reza así: «todo pueblo tiene el gobierno que se merece«. Podemos estar o no de acuerdo con la controversial frase, pero sería conveniente asegurarnos que para aquellos que estén dispuestos a anular su voto no estén refrendando la misma ‘¿No votaste? ¿Anulaste? Aquí están los representantes que te tocan‘ Pareciera por un momento que los políticos fueran extranjeros o extraterrestres, no lo son. Son ese  fragmento de la sociedad -sean de la manera que sean- que por equis o ye sí se interesó en participar activamente -no autoanulándose- en la vida política del país.

Mientras el sector ‘político’ se reagrupa, asesora y refuerza, existe un movimiento que busca que la ciudadania quede pasiva y ajena, pidiendo a los pocos que tienen la intención de votar a dejar de hacerlo anulado su voto o absteniéndose de emitirlo, desperdiciando así la más elemental y simple forma de construir una democracia, que es ejerciendo el derecho al voto…  no se entiende de verdad.

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¿No nos gustan los candidatos o partidos existentes? ¿las leyes electorales o sus autoridades y procesos? Cambiémoslos activamente por los medios que la Ley prevé, no a base de desplantes político-emocionales sin efecto jurídico alguno.

8. Ineficiencia. El voto sirve para algo: Para elegir. Pretender que su anulación tenga actualmente algún efecto jurídico en la elección es un error. A como están las reglas electorales al día de hoy una anulación masiva del porcentaje total de la elección no tiene ninguna consecuencia. Basta un voto para arrebatarle al movimiento anulista cualquier posibilidad de éxito.

9.  Resultados impredecibles. Se dice que el movimiento anulista logrará atraer la atención de los políticos ante la necesidad de cambios ¿y si no?  ¿qué se haría en ese supuesto? ¿esperar otra elección para buscar que todos los votos sean nulos? ¿qué se haría?… Bueno pues eso que se haría en caso de ‘fallar’ el movimiento anulista, es lo que habría que comenzar a hacer, obvio sin dilapidar el derecho al voto. Votar no elimina la posibilidad de acciones alternas, anteriores y posteriores a la elección, sean cuales sean las pretensiones del mencionado movimiento. Participación ciudadana.

Se argumentan razones históricas de fechas recientes en las que se liga al anulismo como detonante de cambios en las actuales leyes electorales; esto es un hecho circunstancial poco medible y comprobable, por lo mismo objetivamente complejo de repetir;  intentar hacerlo nuevamente se convierte en un simple albur que no asegura en absoluto se obtengan los resultados de experiencias anteriores.

10. Económicas. Tal vez la más superficial de todas, pero no por ello menos importante razón. Se aplican 18 mil 572 millones 411 mil 236 pesos (poco más de 1, 200  millones de dólares USD) al sistema electoral mexicano, para que nos demos el lujo de sacar nuestro instinto grafitero y utilicemos la boleta electoral para mentarle la madre a la clase política, escribiendo todo tipo de insultos, que no llegan siquiera a su destinatario, sino que quedan en la mesa de conteo de nuestros propios vecinos funcionarios de la casilla; puede Usted tener la seguridad de que el mensaje de protesta no pasará de ser una simple anécdota de quienes hagan el conteo de los votos.

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Según cuentas de El Universal, la elección de este 7 de junio en México cuesta 8, 584 millones 2, 228 pesos, y cada voto potencial tiene un costo de 103 pesos.

Entendemos y respetamos la intención y el fin que persigue el movimiento anulista, pero no compartimos sus medios; creemos más en la generación de una ciudadanía informada, no sólo de lo que ocurre en el país (prensa) sino en lo que debe ocurrir en éste (leyes), puede robustecer al proceso democrático nacional e internacional.

Conclusión. Votar es la única prerrogativa constitucional que es simultáneamente un derecho y una obligación. No votar en las elecciones en México está constitucionalmente sancionado con la suspensión de un año de los derechos electorales. Una urna para una elección no es el medio idóneo para presentar una inconformidad, la ley prevé las formas y los tiempos para hacerlo. Un movimiento abstencionista o anulista en poco o nada abona a nuestra incipiente democracia. Así de sencillo.

Vote por favor.

http://aristeguinoticias.com/2905/mexico/la-democracia-es-un-ejercicio-vivo-yo-opto-por-el-voto-informado-rodriguez-santibanez-en-cnn/

¿Cómo diferenciar entre organismo desconcentrado, descentralizado y autónomo?

No son pocas las personas que se confunden con los términos de organismo público descentralizado, desconcentrado y autónomo. Al grado incluso de evitar el tema.

Para dilucidar de manera fácil y para siempre las diferencias entre los anteriores términos, partamos del hecho que la administración pública municipal, estatal o federal se divide en centralizada y descentralizada. Para efectos didácticos, grosso modo dejemos firme el hecho de que la centralizada la forman las Secretarías de Despacho (en la Federación se denominan de Estado) entre otras.

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Los descentralizados son creados por una Ley o un Decreto, con la intención de especializar un area de la administración pública en un asunto específico de interés público. Si su creación proviene del Legislativo, sólo éste puede eliminarlos. Gozan de autonomía orgánica exclusivamente en los asuntos técnicos que les competen.  Tienen personalidad jurídica y patrimonio propios. Didácticamente nos podemos apoyar en el hecho de que un «des-centralizado», como su nombre lo indica, sus funciones estuvieron (o debieron estar) centralizadas para su realización en la estructura de una Secretaría. Sin embargo, para optimizar recursos y obtener mejores resultados se especializa y escinde de la administración pública centralizada.

El titular de una Secretaría (cabeza de sector) ve limitado su poder decisorio en dichos organismos, puesto que la máxima autoridad de éstos no lo será él, sino una Junta de Gobierno o Consejo Directivo.

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Los desconcentrados legal y administrativamente están un escalón abajo de los descentralizados. Ello en virtud de que a diferencia de aquéllos, no tienen independencia presupuestaria, ni patrimonio ni personalidad jurídica propios, sin embargo, gozan de amplia independencia técnica, con facultades específicas por razón de materia o territorio.

La justificación de lo anterior radica en el hecho de que para atender asuntos tan especializados, necesitan de inmediatez en la realización de acciones estrictamente técnicas, como para someterlo a los tiempos de la tramitología administrativa interna de una Dependencia; en la práctica la función del titular de un desconcentrado es tomar decisiones técnicas altamente especializadas e inmediatas, «previo acuerdo» con el titular de la Dependencia, quien conserva la tutela y responsabilidad sobre dicho organismo.

Los desconcentrados están dotados de cierto grado de independencia y libertad de gestión con limitaciones, de la cual no goza ninguna Dirección o cualquier otra área en una Secretaría.

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Los organismos públicos autónomos se cuecen aparte. Son la élite de los organismos, pues son muy pocos y su creación deriva directamente de la Constitución (Federal o Local). Cuentan con legislación, personalidad jurídica y patrimonio propios. A diferencia de los descentralizados y los desconcentrados, los autónomos no tienen sujeción jerarquica al Poder Ejecutivo del ámbito que le corresponda, ya sea Federal o Estatal.

Auto, significa a sí mismo; nomos, normas, reglas o leyes. Autónomo es porque se rige por sus propias leyes y procedimientos. Dotar de autonomía es una manera que tiene el legislador de asegurarse que las funciones de un organismo no se verán sujetas ni supeditadas a la intervención del otros entes constitucionales.

El titular de un organismo autónomo responde en primera instancia ante una Junta de Gobierno o Consejo Directivo, y en una segunda instancia, ante el Poder Legislativo.

Conclusión. Los desconcentrados son jerárquicamente subordinados a un ente centralizado (Secretaría). Los descentralizados tienen como máxima autoridad no al titular de una Secretaría sino a una Junta de Gobierno o Consejo Directivo. Los autónomos no tienen sujeción jerárquica a presidentes o gobernadores, son independientes en toda la extensión de la palabra. Así de sencillo.